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La corte dicta la sentencia en el primer juicio de “derechos de la naturaleza” del mundo

By Las Comunidades de La Chiquita y Guadualito and Julianne A. Hazlewood, Ph.D.

Luego de seis años y medio de suspenso y paciencia combinados, finalmente el 11 de enero de 2017, la Corte Provincial de Esmeraldas de Ecuador emitió dictamen en el marco del primer juicio de derechos de la Naturaleza.

Esta demanda de justicia—que a su vez propone un cambio en los paradigmas que favorece unívocamente los derechos de seres humanos—fue presentada por personas viviendo literal y figurativamente en los márgenes del Ecuador: el Cantón de San Lorenzo.

Esta zona de selva tropical, —que forma parte del Tumbes-Chocó-Magdalena, un ‘punto caliente’ por su especial concentración de biodiversidad—está ubicada en el noroeste del Ecuador, en la frontera con Colombia, en la provincia costera de Esmeraldas, la única provincia ecuatoriana donde casi la mitad de la población es afro-ecuatoriana. Muchos ecuatorianos no son conscientes de la presencia de las nacionalidades y territorios indígenas que ahí habitan. Y menos aún, que es en estos territorios de los indígenas (y no por coincidencia) donde se encuentran la mayoría de los bosques tropicales de las tierras bajas de la costa (menos del 3%) que quedan intactos en el ecuador.

Una vista en el dosel de un monocultivo de la palma aceitera, donde las palmicultoras plantan lianas kudzu (género Pueraria), altamente invasivas, para controlar otras malezas y para fijar nitrógeno. (Fotografiado por Hazlewood el 19 de julio de 2007).

Los demandantes—la comunidad afrodescendiente de La Chiquita y la comunidad indígena Awá de Guadualito—presentaron la histórica demanda constitucional intercultural contra las empresas palmicultoras Los Andes y Palesema (recolectoras de la palma africana, Elaeis guineensis), el 23 de julio de 2010, poco más de dos años después de que Ecuador reconociera los Derechos de la Naturaleza en su Constitución en 2008.

Al solicitar reparaciones ante la vulneración de los Derechos de la Naturaleza, El Buen Vivir (Sumak Kawsay en Kichwa) y la autodeterminación pluricultural sobre el territorio, los demandantes exigieron la suspensión de todas las actividades que conducen a la deforestación masiva, la pérdida generalizada de biodiversidad, la contaminación excesiva de los ríos y el consiguiente deterioro de la salud y la soberanía alimentaria de las dos comunidades asociada a las empresas Los Andes Palmicultora y Palesema, que rodean sus territorios ancestrales. Aún después de un mes de haberse emitido el fallo judicial y considerando que la cabecera del río La Chiquita se ubica dentro de los límites de las plantaciones de estas empresas, a fecha de hoy, 12 de febrero de 2017, el río sigue siendo víctima de desechos agroquímicos y de aguas residuales y hervidas por procesos de extracción del aceite de palma de la Palmicultora Los Andes.

Si bien el juez Juan Francisco Gabriel Morales Suárez aceptó “parcialmente” las reclamaciones presentadas ante el tribunal, evidentemente, la debacle está en cómo interpretar y hacer efectiva una sentencia que es sumamente ambigua. Por un lado, el juez señala estar de acuerdo con la evidencia proporcionada por los demandantes. Por el otro, sin embargo, resulta sumamente evasivo para determinar que las palmicultoras son culpables de esta vulneración de derechos. Como decía un residente de La Chiquita: “La sentencia no tiene ni pata ni cabeza.”

Por ejemplo, el juez Suárez ordena al Estado ecuatoriano que restrinja la expansión futura de la frontera agrícola con palma aceitera en el cantón de San Lorenzo, ¡y esto es, sin duda, una victoria para La Chiquita y Guadualito!

Sin embargo, de los diecisiete criterios establecidos por la sentencia por reparaciones ante los daños sociales y ambientales, paradójicamente, las Palmicultoras Los Andes y Palesema fueron acusadas solamente de tres responsabilidades:

  1. De acuerdo a la Ley Ambiental, en la cual se señala la necesidad de una zona de amortiguamiento de ocho metros, las dos palmicultoras deben plantar bambú (en vez de palma aceitera) a lo largo de las orillas del río que rodea las plantaciones;
  2. Deben pagar a sus empleados para tomar un curso de historia cultural y encarnada (e.g. sobre los espiritus del bosque—aparentemente una burla), mitos y tradiciones de los pueblos indígenas y ancestrales de Esmeraldas
  3. Las palmicultoras deben mantener relaciones cordiales, respetuosas y de solidaridad, con la tierra, con los demandantes y sus familias.

Ante los criterios establecidos en la sentencia, la abogada actual de la comunidad declaró: “Es absurdo y ridículo determinar dentro de una sentencia que, a través de un curso de capacitación en temas de historia cultural y “encarnada” a los palmeros, se podrían remediar los daños y perjuicios—ni siquiera con la participación de los expertos más grandes del mundo.”

Peces muertos amontonados en la superficie del río Chiquita, resultado de la extractora de la Palmicultora Los Andes, arrojando sus aguas residuales y hervidas al río, lo que sigue ocurriendo; la última vez fue 12 de febrero de 2017 (Fotografiado por Hazlewood el 21 de noviembre de 2008).

Cabe resaltar asimismo que, según la sentencia, a pesar de reconocerse la necesidad de reparaciones, el juez Suárez distribuyese la mayoría de responsabilidades para remediar los daños entre doce instituciones estatales y provinciales, limitando así un enfoque integral y la claridad y efectividad necesaria para el seguimiento en la ejecución de las acciones.

Sorprende asimismo el nivel de responsabilidades asignadas al Estado más no a las empresas palmicultoras. Resulta innegable la responsabilidad del Estado ecuatoriano, tanto actual como históricamente, en la negligencia y marginación socioeconómica hacia la región de Esmeraldas, incubando así el saqueo de sus recursos y la subyugación del medio ambiente y la población que vive allí.

Sin embargo, no quedan claras las razones por las cuales la sentencia genera una transferencia de responsabilidades de las Empresas de Palma Aceitera—Los Andes y Palesema—al Estado, cuando la demanda fue claramente hecha contra las dos palmicultoras. En efecto, las empresas han sido en gran medida liberadas de sus responsabilidades económicas, morales, sociales y culturales hacia las dos comunidades. Es decir: ¡Es justo ahora que el estado debe asumir sus responsabilidades hacia el cantón de San Lorenzo y aceptar el papel principal en la reparación de los daños hechos por las palmicultoras!

Los miembros de La Chiquita y Guadualito se reúnen para elaborar estrategias para los próximos pasos en su lucha en defensa de sus propios derechos y los de la Naturaleza. Décadas de procesos legales han requerido una gran cantidad de viajes de ida y vuelta entre las dos comunidades, que se encuentran a unos 45 minutos de distancia una de la otra (Fotografiado por Hazlewood el 30 de octubre de 2016).

Por consiguiente, las dos comunidades de La Chiquita y Guadualito se manifiestan de la siguiente manera respecto a la sentencia:

¡Después de esperar tantos años, sentimos humillación y engaño por parte de la Corte!

Aún si la sentencia es parcialmente favorable para nuestras comunidades, ésta no reconoce ni de forma ni de fondo responsabilidad alguna por parte de las Palmicultoras Los Andes y Palesema, respecto del pago por los daños y perjuicios causados a nuestro medio ambiente (daños que nos han afectado directa y negativamente).

En ese sentido, la sentencia minimiza y excluye todo que hemos sufrido y cómo nuestros derechos y los de la naturaleza han sido violados sistemáticamente. Por lo tanto, nosotros, los residentes de La Chiquita y Guadualito, manifestamos nuestro desacuerdo con la decisión del juez.

A pesar de ser comunidades unidas políticamente por compartir la negativa afectación de nuestros territorios por las palmicultoras, siempre hemos dejado claro que somos comunidades ancestralmente distintas. No obstante, la sentencia no considera esta diferencia entre ambas y esto a su vez, vulnera nuestros derechos de pluriculturalidad a auto-determinación.

Por ejemplo, el Ministerio de Educación y el Ministerio de Salud tienen la responsabilidad de construir una escuela de milenio y un centro de salud en un punto entre las dos comunidades. Esto implica que se desarrollen estos proyectos en tierras que no pertenecen a ninguna de las dos comunidades. ¡De hecho, la tierra es propiedad de las plantaciones de palma aceitera! Queda claro que no tiene sentido que el juez nos trate como una sola comunidad.

Este es el primer caso de esta magnitud que se basa en la Constitución ecuatoriana en 2008 respecto los Derechos de la Naturaleza, el Buen Vivir, la autodeterminación pluricultural y la organización intercultural en defensa de los territorios ancestrales. Hemos perdido nuestra flora y fauna, nuestros ríos están muertos, y todos—los seres humanos, animales y peces—hemos sufrido daños y estamos afectados negativamente.

Seguiremos adelante. En este momento, hemos presentado un escrito solicitando la ampliación y aclaración de la sentencia sobre los puntos arriba descritos. Según la respuesta que obtengamos decidiremos si apelaremos.

Hemos aprovechado esta oportunidad para cambiar de patrocinio legal porque hemos decidido estar aún más firmes en defensa de nuestros derechos y los de la naturaleza. Por temor a ser criminalizados por el Estado o alterar la decisión del juez, no podemos salir y protestar pública y pacíficamente defensa de nuestros derechos y los de la Naturaleza.

Sin embargo, podemos difundir a nivel nacional e internacional los resultados de nuestras luchas. Haremos que nuestra exigencia de justicia sea conocida en el mundo a través de los medios de comunicación y las redes sociales. Procuraremos que más y más aliados nos acompañen hasta que nuestros reclamos se aborden adecuadamente. Sabemos que, con el apoyo de la sociedad internacional, podremos reclamar nuestros derechos al buen vivir.

Nuestras comunidades han sido atropelladas y nuestros derechos violados por las palmicultoras que gozan de gran poder económico y político. El mundo no ha visto ni oído de lo que hemos tenido que pasar hasta ahora. ¡Esto va a cambiar en adelante! Ya no va a ser así. Queremos que el mundo sepa que nuestras comunidades existen. Queremos que toda la humanidad sepa sobre nuestra larga lucha.

Ecuador y el mundo pueden unirse a nosotros y ayudarnos con ideas e información, apoyo económico y moral, y con difundir a través de los medios y redes sociales nuestro caso emblemático y otros casos en los que los derechos humanos y ambientales han sido violados por el complejo industrial de palma aceitera.

Las autoridades ecuatorianas deben reconocer los daños sociales, culturales y ambientales causados ??por la siembra de monocultivos de la palma aceitera, de sus procesos de extracción de aceite y los impactos negativos, inmediatos y residuales, y los efectos negativos de la industria de la palma aceitera asumidos por las comunidades locales.